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Herramientas comunitarias en juntas de acción comunal (página 2)



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Cómo elaborar planes estratégicos de desarrollo

Editado por Adolfo León Camacho Caicedo – Junio 29/2015

El objetivo del Plan Estratégico es fortalecer de manera integral a la JAC en sus aspectos internos (organización, manejo de conflictos, planificación, gestión, comunicaciones internas y condiciones locativas), y aspectos externos (modernización y diversificación de canales de convocatoria e interacción con la comunidad, organizaciones de base comunitaria, relaciones con otras JAC vecinas, con Asojac, JAL y entidades públicas y privadas), y facilitar una herramienta para promover la toma de decisiones y la gestión de sus procesos y potencialidades comunitarias.

Loa actores permanentes serán los ciudadanos residentes, aportando sus capacidades en cada fase del proceso. Será la Directiva a quien le corresponde la consolidación de los planes de los diferentes órganos de la JAC, para su discusión y aprobación y ser asumido para su ejecución por todos los afiliados en sus respectivos sectores.

Determinamos los objetivos y estrategias para promover el desarrollo del barrio, así:

  • Necesidades prioritarias y priorizadas por sector a nivel del barrio (Salud, Educación, deporte y recreación, vivienda, cultura, Servicios Públicos, etc)

  • Necesidades intersectoriales de mayor prioridad para el barrio

  • Propuestas o alternativas de solución de impacto intersectorial para el barrio

  • Propuestas a gestionar para la comuna que tienen impacto positivo en el barrio

  • Aliados claves a contactar para gestionar iniciativas propuestas

  • Fuentes de Financiación (Sistema General de Participación)

Una vez comprendidas las necesidades de los residentes (ver sección 4), identificando sus respectivas debilidades y fortalezas (aspectos internos), sus oportunidades y amenazas (aspectos externos), se formulan mediante un proceso de participación y concertación, se plantean los objetivos cumpliendo los requisitos de: enfocarse a la solución del problema; ser realistas; ser medibles; ser congruentes; ser importantes; redactarse evitando palabras subjetivas; enfatizar la importancia de mejorar la organización.

Para construir los objetivos deben considerarse los siguientes interrogantes (los que sean necesarios y en el orden más conveniente): Quién – Qué – Cómo – Cuándo -Dónde – Qué voy a hacer – Para quién lo voy a hacer – Porqué lo voy a hacer. Se determinan las estrategias o conjunto de actividades, fines y recursos que se analizan, organizan y plantean de tal manera que cumplan con los objetivos establecidos. Esta estrategia debe proponer las metas relacionadas a mejoras, mantener o integrar o coordinar; fijar los indicadores que expresen cuantitativa o cualitativamente la ejecución en forma simple, comparativa, informativa y jerárquica

Ejemplos sectoriales de objetivos básicos a fijar estrategias, metas e indicadores de seguimiento y evaluación:

SEGURIDAD Y CONVIVENCIA

  • Propiciar proyectos que incentiven a la comunidad a aceptar su entorno social, cívico y cultural

  • Implementar mecanismos que permitan exigir cumplimiento a las autoridades competentes.

  • Fortalecer programas de ocupación y buen uso del tiempo libre, con torneos deportivos, lúdicos y culturales

  • Implementar programas de fortalecimiento del núcleo familiar

  • Coordinar entre sectores como familia, escuela y estado, en busca de mejor calidad de vida comunitaria.

  • Gestionar proyectos de expansión, de alumbrado público y de mantenimiento de zonas verdes,

  • Gestionar el aumento del pié de fuerza y la acción oportuna en las zonas vulnerables

  • Implementar programas idóneos para la resocialización de grupos vulnerables

  • Promover creación de nuevos empleos en coordinación con las instituciones organizadas de la comuna.

EDUCACION

  • Gestionar ante las entidades competentes de implementación de la cobertura sin tener en cuenta el estrato

  • Gestionar recursos nacionales que permita disponibilidad para ampliación de cobertura según necesidades.

  • Desarrollar proyectos de construcción, dotación y mejoramiento de las plantas físicas

  • Gestionar ante secretarías la contratación de docentes que faltan en las diferentes instituciones educativas

  • Incluir docentes que enseñen espiritualidad-ética-civismo-urbanidad

SALUD Y BIENESTAR SOCIAL

Protección al adulto mayor

Editado por Adolfo León Camacho Caicedo – 2 Julio 2015

Les conocemos como viejo, anciano, persona de edad, de tercera edad, o actualmente a nivel mundial como adulto mayor con edad cronológica entre los 60 o más años transcurridos desde el nacimiento y con una esperanza de vida promedio (hombres-mujeres) de 76 años en Colombia. Ser adulto mayor lo ven las nuevas generaciones como sinónimo, para el común de la sociedad, de no-productivo, de enfermedad, de lentitud, de incapacidad, de dependencia, de carencias e incluso de discapacidades, y hasta más grave aún, el de vergüenza por ser un anciano.

La gerontología es la ciencia que estudia el proceso de envejecimiento de los seres vivos en sus aspectos biológicos, psicológicos y sociales, desde la concepción hasta la muerte y en el que influyen tanto los factores genéticos como ambientales; examina los cambios físicos que ocurren en la vejez y sus implicaciones para la salud; explora el funcionamiento del intelecto en estos años, y la manera cómo afecta y es afectado por la educación, el trabajo y otros ámbitos de la vida social.

Los presidentes de las JAC, deben incluir en su Plan de Trabajo la promoción, protección y desarrollo del grupo poblacional de adultos mayores, para:

  • Contribuir en la recuperación de su dignidad social y cultural;  

  • Fomentar la ejecución de proyectos de atención integral en beneficio generacional y de tejido social;

  • Comprometer a municipios tanto fiscal como humanamente;  

  • Fortalecer la participación de las organizaciones no gubernamentales y las organizaciones sociales en la ejecución de los proyectos. 

Todo con el objetivo de que el adulto mayor mejore su salud, eleve autoestima, ocupe el tiempo, sentirse vivo y participar socialmente.

En nuestro barrio tenemos un gran porcentaje de adultos mayores, que requieren satisfacer necesidades familiares de aceptación y reconocimiento, creando vínculos, compañía, evitar soledad y recuperar el rol de género. Satisfacer necesidades sociales asumiendo roles, participando socialmente, teniendo membrecías.

Se deben proponer acciones de

  • Crear y fortalecer la red de apoyo entre adultos mayores

  • Creación de proyectos y empresas de adultos mayores

  • Participación en empresas comunitarias como directores, asesores, consultores….

  • Orientar y dar a conocer el concepto de Política Pública del Adulto Mayor de Cali: Ministerio de Protección social, Prosperar Hoy, ICBF, alcaldía, Asamblea de Beneficiarios, Operador Abásticos del Valle, Comedores comunitarios, Subsidios económicos directos e indirectos. Plan Canitas. Plan Revivir. Plan Pensiones

  • Formación de adultos mayores líderes

  • Aumento de la cobertura de programas nacionales

  • Mejoramiento de los servicios y la atención médica

  • Espacios de expresión y diálogo para el adulto mayor

  • Concientización frente a la jubilación

  • Participación en Grupos de Adultos Mayores: Corporación para la Tercera Edad del Valle del Cauca, Grupos Independientes, Grupos Comuna 5,

  • Aprovechar el capital social de los adultos mayores para el intercambio de conocimientos y cualificación de la población adulta mayor hacia la productividad

  • Fomentar la participación artística de los adultos Mayores en el rescate de la historia y valores de la ciudad

  • Creación del Banco de Expertos de adultos mayores, para ofertar servicios a la comunidad

  • Implementar la cátedra de gerontología en los programas de formación de escuelas y colegios del barrio

  • Acceso de personas mayores a la formación básica y secundaria en programas especiales

  • Ampliar la cobertura en programas de lúdica y recreación para adultos mayores

  • Talleres de alfabetización, de emprendimiento, de formación ciudadana

  • Creación de espacios (ancianatos) y de voluntariado gerontológico de adultos mayores independientes.

La democracia en las juntas de acción comunal

Editado por Adolfo León Camacho Caicedo – 4 Julio 2015

El poder local a través de los cargos directivos de Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y Coordinadores de Comisiones Empresariales y de Trabajo, se ha convertido en un espacio arduamente disputado, bastiones clientelistas para los políticos en campaña o finalistas, escala para obtener cargos públicos en las secretarias de gobierno municipal, control de inversiones del plan de desarrollo y su situado fiscal, y participación de comisiones, gratificaciones, coimas y porcentajes en contratos de infraestructura, culturales o sociales.

Aquellas personas que desean participar de buena fe, en la solución de la problemática barrial, inscribiéndose como candidatos para cargos directivos en la JAC, son acosadas, presionadas, o convencidas para que se vinculen con su voto a favor de potenciales "padrinos" políticos que desean ser elegidos en cargos públicos para la JAL, Consejo Municipal o Alcaldía.

Se debe socializar, divulgar e informar a los residentes, sobre los mecanismos de selección de líderes comunitarios potenciales, para que en talleres, charlas, foros o reuniones comunales, los postulados se presenten y tengan libertad para expresar su programa de soluciones, e informar sobre su perfil personal , académico y social que los hacen elegibles, o para que los residentes tomen la iniciativa de indicar a personas del barrio con la suficiente antigüedad y experiencia de convivir con la problemática actual, competentes para ser elegidos y sean representantes idóneos desde la JAC, con actitud conciliadora que eviten chocar desde la interpretación política polarizada de ciertos temas, con los líderes tradicionales.

Dentro de los residentes hay abogados, administradores de empresas, ingenieros industriales, contadores públicos y economistas, retirados o laborando como asesores, consultores o docentes, que califican para Dignatarios de la JAC, a quienes se les debe suministrar información del barrio lo más actualizada posible, ojalá con nuevo censo, formal o informal, que se obtenga rápidamente. Estos residentes deben ser inscritos en el Libro de Afiliados con todos los requisitos exigidos de: número de orden de afiliación / fecha de inscripción / nombres y apellidos / edad / número y clase del documento de identidad / dirección / teléfono / correo electrónico / profesión u ocupación / comité de trabajo a pertenecer / firma o huella digital / observaciones…

Los aspirantes, candidatos, líderes, previo a su elección, deberían ser certificados por capacitación recibida sobre temas claves como:

  • Organización, concertación, gestión, administración y comunicación de la JAC

  • Desarrollo del Barrio

  • Capacidad de asociación con otras JAC y JAL

  • Articulación de acciones con la Alcaldía, ONG y demás entidades público-privadas

  • Elaboración del Plan Estratégico: ¿qué es? / ¿Para qué? / ¿Condiciones básicas" / ¿Cualidades? / ¿Quién se encarga? /¿Etapas? / ¿Temporalidad? / ¿Enfoque o categoría? .

  • Semblanza general del barrio

  • Diagnóstico organizacional de la JAC: historia / misión / visión / objetivos y principios que la rigen / Organigrama / Servicios ofertados

  • Matriz de variables internas (debilidades, fortalezas) / variables externas (amenazas, oportunidades) / factores negativos y positivos

  • Criterios para priorizar necesidades

  • Alternativas de cambios

  • Consolidación final del plan estratégico: diseño / cronograma / recursos / implementación o socialización / ejecución / seguimiento y control

  • Legislación comunitaria.

  • Organización y coordinación para la realización de consulta demográfica y socioeconómica comunitaria.

Civismo – convivencia comunitaria

Síntesis hecha por Adolfo León Camacho Caicedo – Delegado JAC B/El Sena Julio 2015

¿Qué debe aprender un ciudadano (desde niño), para desempeñarse en la sociedad, y pueda aportar al desarrollo del país e incluso de la humanidad?: El desarrollo de competencias para ejercer la ciudadanía, el desarrollo ético y moral, y la dimensión espiritual en distintas modalidades, a saber:

  • a. El estudio, la comprensión, la vivencia y la práctica de la Constitución y la instrucción cívica. Dentro de esta capacitación, deberán impartirse nociones básicas sobre jurisdicción de paz, mecanismos alternativos de solución de conflictos, derecho de familia, derecho laboral y contratos más usuales.

  • b. El aprovechamiento del tiempo libre, el fomento de las diversas culturas, la práctica de la educación física, la recreación y el deporte formativo.

  • c. La enseñanza de la protección del ambiente, la ecología y la preservación de los recursos naturales.

  • d. La educación para la justicia, la paz, la democracia, la solidaridad, la confraternidad, el cooperativismo y, en general, la formación de los valores humanos.

  • e. La educación sexual, impartida en cada caso de acuerdo con las necesidades psíquicas, físicas y afectivas de los educandos según su edad.

  • f. Reglamentación, cartillas y documentos básicos de estudio de tránsito y seguridad vial, con pedagogías activas (patrullas escolares, visitas pedagógicas, entre otras), dentro y fuera del aula de clases.

  • g. Cátedra transversal de emprendimiento para todos los establecimientos oficiales o privados que ofrezcan educación formal, que promuevan las competencias básicas, laborales, ciudadanas y empresariales dentro del sistema educativo y su articulación con el sector productivo.

En Cali se emite el Acuerdo 0156 (2005) que institucionaliza el programa de educación en tránsito y seguridad vial incluido en el Proyecto Educativo Institucional- PEI, con una intensidad horaria mínima de una hora de clase semanal, dentro de las asignaturas del área de Ciencias Sociales, para toda la población estudiantil en grado preescolar, básico y media en las instituciones educativas públicas y privadas de la ciudad. La estructuración técnica de la cátedra será responsabilidad de la Secretaría de Tránsito Municipal, con base en su función, misión, visión y lineamientos de Educación sobre el tema, diseñados por el Fondo de Prevención Vial.

Pero, ¿nuestros padres y familiares adultos que conviven en nuestro barrio conocen y aplican estas actividades y pueden dar ejemplo a los jóvenes y niños?. La respuesta es NO.

Tenemos en la Sede, de propiedad de nuestra Junta de Acción Comunal del Barrio El Sena, un estupendo local, en el segundo piso, en la esquina de la Calle 47 con Carrera 2ª, N° 47-10, encima del Asadero Yo Si Soy El Pollo, con sillas, mesas, computador, videobean y pantalla enrollable, como sitio adecuado para dictar conferencias, talleres, charlas, cursos, clases o mesas redondas, que pueden programarse para nuestros residentes, contratando Instructores, Maestros, Conferencistas y Profesores de entidades públicas o privadas de nuestro entorno. Cobrando o no, según el curso, cuotas muy accesibles.

Son objetivos de la JAC, crear y desarrollar procesos de formación, promover y fortalecer en el ciudadano la convivencia armónica y participativa, lograr que la comunidad esté permanentemente informada sobre protección del medio ambiente, la formación de valores humanos, la seguridad social y vial, y facilitar el emprendimiento de negocios formales dentro de su territorio.

Entonces, señores Dignatarios de la JAC, propongamos en cada reunión mensual de la Junta Directiva, programas que permitan desarrollar estos conocimientos, a través de contactos y acuerdos académicos con las entidades pertinentes, SENA, Secretarías Municipales, Colegios y profesionales especializados, para cubrir estas inquietudes

Junta Administradora Local (JAL)

Síntesis hecha por Adolfo León Camacho Caicedo -Delegado JAC B/El Sena Julio 2015

En tiempo de elecciones (cada cuatro años) grupos de personas circulan por los barrios de cada Comuna con un "FORMULARIO PARA RECOLECCIÓN DE APOYOS PARA INSCRIPCIÓN A CANDIDATURAS" para JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL de la Registraduría Nacional del Estado Civil, y representando a un GRUPO SIGNIFICATIVO DE CIUDADANOS conformados por tres residentes de la comuna y, otros siete ciudadanos listados con nombre y cédula, integrantes de un GRUPO (CON TITULO), en busca de líderes barriales que se comprometan a obtener firmas y datos de puño y letra de las personas de su entorno, que confirmen conocer a los miembros de los grupos a apoyar.

La abstención de firmas es altísima, aduciendo varias razones que expondré a continuación:

  • Desconocimiento de qué es una JAL, cuáles son sus objetivos y cuáles los beneficios para el ciudadano: Elaboran planes y programas de desarrollo económico, social y de obras públicas. Vigilan y controlan los servicios municipales y las inversiones públicas. Formulan propuestas de inversión social. Distribuyen las partidas globales respectivas del presupuesto municipal. Aseguran la participación de la ciudadanía. Fomentan la microempresa, famiempresa, empresas comunitarias, talleres mixtos, bancos de maquinaria. Tienen la misión de ejercer control, veeduría, administración y apoyo para el Concejo y la Alcaldía; distribuir y asignar las partidas de los presupuestos Nacional, Departamental, Municipal y de sus entidades descentralizadas, o que perciban por cualquier otro concepto;  así como el valor de los impuestos, sobretasas y contribuciones que se establezcan por el Concejo para la respectiva Comuna.

  • Los residentes desconocen a los miembros que conforman la JAL vigente y su conexión con ellos: Se eligen por voto popular para períodos de cuatro (4) años, con no menos de cinco ediles ni más de nueve, ad honorem (gratis). Los actuales ediles no tienen suplentes y pueden ser reemplazados por candidatos no elegidos. No han socializado en toda la comuna, ni convocado y celebrado audiencias públicas sobre sus funciones, ni cabildos abiertos, que faciliten la conexión e interrelación con los ciudadanos, a fin de consultar prioridad en la inversión o ejecución de obras públicas.

  • Desconocen los requisitos para ser miembros de una JAL y cómo los seleccionan para elegirlos: Ser ciudadano en ejercicio. Residente en la comuna. Haber desempeñado actividad profesional en la respectiva comuna al menos seis meses anteriores a la fecha de la elección. Excluidos exreclusos, destituidos de cargos públicos por falta de ética, ser funcionarios públicos.

  • Desconocen quien las controlan, a quien le reportan y su comunicación con los residentes: Deben actuar en forma coordinada y colaborar con todas las autoridades municipales. Tendrán control fiscal del municipio. Tendrán control jurisdiccional de lo Contencioso Administrativo. Rendirán concepto sobre conveniencia de presupuesto solicitado ante Concejo Municipal. Se comunicarán permanentemente con las JAC. Pueden ser investigados por la Procuraduría y la Contraloría Municipal

  • La confunden con una Junta de Acción Comunal (JAC): La JAC es una organización cívica, social y comunitaria de gestión social, sin ánimo de lucro, con personería jurídica y patrimonio propio. La JAL es un organismo territorial de carácter público y de elección popular

PARTE NEGATIVA.-

Primero: Al exigirles el aval político para la inscripción de los aspirantes a las JAL, conlleva a la politización, al clientelismo, a dependencias y compromisos con el cacique o padrino político, cambiando su objetivo principal de ser un mecanismo de descentralización y participación democrática.

Segundo: exige el pago de una póliza,

Tercero: les suprime la función de elaborar el plan de obras y la asignación del presupuesto de las comunas. Antes de la reforma, el presupuesto se fijaba de acuerdo con el aumento de los índices de inflación y era igual para todas las comunas. Ahora se fija por un porcentaje del recaudo de impuestos de Industria, Comercio y Complementarios de cada ente territorial. El Comité de Planeación elabora el plan de desarrollo de cada comuna y con el director del Centro de Atención Local Integrada (Cali) hace el plan de inversiones que es presentado a la JAL para su aprobación.

Vigilancia, inspección y control de las JAC

Síntesis de Adolfo León Camacho Caicedo -Delegado JAC B/El Sena – Sep 2015

El proceso disciplinario contra afiliados, o dignatarios, de las Juntas de Acción Comunal, sólo lo puede realizar la Comisión de Convivencia y Conciliación de la Asociación de Juntas de la respectiva comuna

La Entidad del Estado que vigila las organizaciones comunales de primero y segundo grado de Santiago de Cali., es la Secretaria de Desarrollo Territorial y Bienestar Social

Toda Directiva de JAC, debe satisfacer los siguientes aspectos, señalando la opción (SI) ó (NO) y en el caso que su respuesta sea NEGATIVA, especificar el ¿Por qué?

  • 1. Los estatutos de la JAC están reformados conforme a la Ley 743 de 2002?

  • 2. La JAC tiene reglamentos internos de funcionamiento para cada uno de sus órganos?

  • 3. La JAC tiene cargos vacantes? ¿Cuáles están vacantes?

  • 4. Todos los Dignatarios de la JAC están ejerciendo sus funciones? ¿Cuáles NO?

  • 5. La JAC cuenta con plan de trabajo?

  • 6. La JAC presentó el requerimiento que hizo la SDTBS referente a la circular de actualización de la información?

  • 7. La JAC ha rendido informes de gestión por medio de asamblea?

  • 8. La JAC entrante realizó el empalme correspondiente con la JAC saliente?

  • 9. La JAC está afiliada a la ASOJAC de la Comuna?, en el caso de no existir ASOJAC, indicarlo.

  • 10.  ¿Cuáles son las Comisiones de trabajo activas en la JAC?

  • 11.  Las comisiones mencionadas anteriormente, tienen elaborado su plan de trabajo?

  • 12.  La comisión empresarial de la JAC actualmente lleva a cabo algún proyecto productivo o empresarial?

  • 13.  El C.C.C. de la JAC lleva el archivo correspondiente de los procesos o documentos que atiende?

  • 14.  La JAC requiere capacitación? En qué tema?

  • 15.  Los libros contables, de actas y de afiliados cumplen sus requisitos de registro y oportunidad?

  • 16.  Ha diseñado manuales de procedimiento o reglamento interno que permitan la revisión periódica al cumplimiento de la ley y los estatutos de la JAC?

  • 17.  Existe evidencia de respuestas y trámite a las peticiones, quejas y reclamos hecha por afiliados y residentes?

En primera instancia dentro de la JAC, es el Fiscal quien debe ejercer el control posterior de los procesos de pagos, recaudos, manejo, inversión y custodia de los dineros de la JAC, para identificar las áreas críticas. Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Planes de Trabajo y funciones de todos los Dignatarios. El Fiscal obtiene y evalúa la evidencia con respecto a los hechos económicos y eventos, verifica los diferentes procedimientos y sistemas de control interno con la finalidad de conocer oportunamente si funcionan como se ha previsto y al mismo tiempo ofrecer a los Directivos, en sus informes, reportes y dictámenes, los posibles cambios o mejoras en los procesos con recomendaciones y sugerencias, o firma en señal de conformidad.

A la fecha las JAC han operado por tres años y un trimestre, y en la mayoría de ellas funcionan bajo la administración de sólo dos o tres personas de sus Directivos. Y tanto la dependencia encargada de la Secretaría Municipal, y la Asojac no han hecho adecuadamente el seguimiento de la normatividad en sus actuaciones (Vigilancia). Ni verificado y/o examinado el cumplimiento de la normatividad legal vigente en aspectos jurídicos, contables, financieros, administrativos, sociales y similares (Inspección), ni aplicado los correctivos necesarios, a fin de subsanar situaciones de orden jurídico, contable, financiero, administrativo, social y similares como resultado del ejercicio de la vigilancia y/o inspección (Control).

Muchas JAC ni siquiera han hecho una sola Asamblea de Afiliados, ni llenado las vacantes desde su inicio, operando sin coordinadores de trabajo, de empresas, ni de conciliación, y aún así, han permanecido sin sanciones durante su período y esperan entregar a las nuevas JAC el próximo Junio 2016.

Es muy importante para la democracia participativa efectiva que los nuevos funcionarios a elegir para Gobernación, Alcaldías y Concejos sean conscientes de mejorar la programación y eficiencia de esta Vigilancia, Inspección y Control a las organizaciones comunitarias.

Protección al adulto mayor

Es conveniente hacer referencia a las personas jurídicas sin ánimo de lucro, que bajo la forma jurídica de asociación o corporación, o fundación, tienen por objeto trabajar con adultos mayores.

Existe en nuestro ordenamiento jurídico un marco de referencia legal que sirve para ilustrar sobre los distintos frentes de trabajo que podrían desarrollar este tipo de entidades.

El contenido se recoge en la ley 1251 del 27 de noviembre del 2008, por la cual se dictan normas que tienden a procurar la protección, la promoción y la defensa de los derechos de los adultos mayores; el objetivo fundamental es lograr que los adultos mayores sean partícipes en el desarrollo de la sociedad, teniendo en cuenta sus experiencias de vida mediante la promoción de respeto, restablecimiento, asistencia y ejercicio de sus derechos.

Algunas definiciones muy importantes de la ley ilustran aún más la cobertura en servicios de interés general y de beneficio a este grupo poblacional, como por ejemplo:

Plan de Atención Institucional. Es el modelo institucional en el marco de los ejes de derecho y guía para las acciones que programen e implementen las instituciones públicas o privadas, garantizando un servicio integral y de calidad. Es la responsabilidad de exigir acciones integrales en cada uno de los componentes de atención (salud, psicosocial, familiar y ocupacional).

Centros de Protección Social para el Adulto Mayor. Instituciones de protección destinadas al ofrecimiento de servicios de hospedaje, de bienestar social y cuidado integral de manera permanente o temporal para adultos mayores.

Centros de día para adulto mayor. Instituciones destinadas al cuidado, bienestar integral y asistencia social de los adultos mayores y que prestan sus servicios en horas diurnas. Estos centros están igualmente regulados por la ley 1276 del 2009.

Instituciones de atención. Instituciones públicas, privadas o mixtas que cuentan con infraestructuras físicas (propias o ajenas) en donde se prestan servicios de salud o asistencia social y, en general, las dedicadas a la prestación de servicios de toda índole que beneficien al adulto mayor en las diversas esferas de su promoción personal como sujetos con derechos plenos.

Instituciones de atención domiciliaria. Institución que presta sus servicios de bienestar a los adultos mayores en la modalidad de cuidados y/o servicios de salud en la residencia del usuario.

Para su funcionamiento, las instituciones que prestan servicios de atención al adulto mayor deberán acreditar lo siguiente:

Reglamento Interno. Documento que define la razón social: representante legal, objetivos, estructura de la organización, portafolio de servicios, deberes y derechos de los usuarios y de su grupo familiar, de la sociedad y las normas de seguridad y convivencia.

Nivel Nutricional. Garantizar el adecuado nivel nutricional a cada uno de los adultos mayores, mediante la definición de una minuta patrón individual bimensual y previa valoración médica, teniendo en cuenta los parámetros técnicos y jurídicos del Ministerio de la Protección Social, el ICBF o la entidad pública competente en el respectivo ente territorial.

Infraestructura. La planta física deberá tener especificaciones que permitan el desplazamiento fácil y seguro de los adultos mayores y en particular la movilización de los que se encuentran en condición de dependencia, para lo cual deberá observarse lo dispuesto en la normatividad vigente dispuesta para tal fin.

Talento Humano. Definir estándares y perfiles personales, profesionales, técnicos y auxiliares, de acuerdo a los cargos y funciones y al número de usuarios que se pretende atender en la institución, garantizando el ejercicio pleno de sus derechos.

Plan de Atención de Emergencias Médicas. Contar con un plan de atención de emergencias médicas aprobado por el Ministerio de la Protección Social, con el fin de establecer el procedimiento adecuado que garantice la atención inmediata de los beneficiarios en caso de presentar una urgencia de salud, causada por accidentes o enfermedades.

Área Ocupacional. Implementación de diversas actividades de productividad y sostenibilidad social y/o económica que busquen mantener, recuperar y/o habilitar la funcionalidad física y mental, así como el reconocimiento individual de los adultos mayores como miembros activos de la sociedad, con base en las capacidades, habilidades, intereses y condiciones de cada uno de ellos.

Salud mental. Garantizar la provisión de servicios y programas integrales de atención, promoción y prevención en salud mental, que respondan a las necesidades de los adultos mayores e involucren a su grupo familiar.

Así pues, hay también para el tipo de entidades a las que se ha hecho referencia, suficiente ilustración del sustento constitucional y legal, las cuales bajo la forma jurídica de asociación o corporación, o fundación, desarrollan en su objeto social actividades de carácter social, de interés general y de beneficio a la comunidad con registro expreso en las respectivas cámaras de comercio.

LEGISLACION ADULTO MAYOR

Artículo 46 Constitución Política de Colombia.

Artículo 46. El Estado, la sociedad y la familia concurrirán para la protección y la asistencia de las personas de la tercera edad y promoverán su integración a la vida activa y comunitaria. El Estado les garantizará los servicios de la seguridad social integral y el subsidio alimentario en caso de indigencia. 

LEY 1251 DE 2008-(noviembre 27)

Por la cual se dictan normas tendientes a procurar la protección, promoción y defensa de los derechos de los adultos mayores.

TITULO I. DISPOSICIONES PRELIMINARES.

ARTÍCULO 1o. OBJETO. La presente ley tiene como objeto proteger, promover, restablecer y defender los derechos de los adultos mayores, orientar políticas que tengan en cuenta el proceso de envejecimiento, planes y programas por parte del Estado, la sociedad civil y la familia y regular el funcionamiento de las instituciones que prestan servicios de atención y desarrollo integral de las personas en su vejez, de conformidad con el artículo 46 de la Constitución Nacional, la Declaración de los Derechos Humanos de 1948, Plan de Viena de 1982, Deberes del Hombre de 1948, la Asamblea Mundial de Madrid y los diversos Tratados y Convenios Internacionales suscritos por Colombia.

ARTÍCULO 2o. FINES DE LA LEY. La presente ley tiene como finalidad lograr que los adultos mayores sean partícipes en el desarrollo de la sociedad, teniendo en cuenta sus experiencias de vida, mediante la promoción, respeto, restablecimiento, asistencia y ejercicio de sus derechos.

LEY 12 76 DEL 2009 – CONGRESO DE LA REPÚBLICA

A través de la cual se modifica la Ley 687 del 15 de agosto de 2001 y se establecen nuevos criterios de atención integral del adulto mayor en los centros vida.

DOCTRINA: CONCEPTO 021821 DE 21 DE JUNIO DE 2012. MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO. Estampilla pro dotación y funcionamiento de los centros de bienestar del anciano, instituciones y centros de vida para la tercera edad.

DECRETA:

ARTÍCULO 1. OBJETO. La presente ley tiene por objeto la protección a las personas de la tercera edad (o adultos mayores) de los niveles I y II de Sisbén, a través de los Centros Vida, como instituciones que contribuyen a brindarles una atención integral a sus necesidades y mejorar su calidad de vida.

ARTÍCULO 2. ALCANCES. La presente ley aplica en todo el territorio nacional; en las entidades territoriales de cualquier nivel, que a la fecha hayan implementado el cobro de la estampilla y estén desarrollando programas que brinden los servicios señalados en la presente ley. Los recursos adicionales generados en virtud de esta ley, serán aplicados a los programas de adulto mayor, en los porcentajes aquí establecidos.

RESIDENTES ACTIVOS.

La participación comunitaria es factor fundamental para compartir inquietudes, opiniones, sugerencias y recomendaciones que se debatan en talleres comunitarios, en consejos parroquiales o en asociación de vecinos, en busca de mantener y compartir un diálogo permanente para la toma de decisiones en la solución de los problemas en los sectores de educación, urbanismo, sanidad, servicios sociales, medio ambiente, seguridad, cultura, niñez, adolescencia, mujeres cabeza de hogar, adultos mayores e incapacitados, entre los residentes del barrio y los Dignatarios de la Junta de Acción Comunal (JAC) que los representa ante la Junta Administradora Local (JAL), el Centro Administrativo Local Integrado (C.A..L.I.) y la Asociación de Juntas Comunales (ASOJAC), quienes priorizan y ordenan ejecutar los planes de proyectos presupuestados para desarrollo comunal.

Así es como la mayoría participa como fuente de información de la problemática barrial para que sea satisfecha y exigida a la Alcaldía, para beneficio común del barrio y comuna, y no que este proceso sea benéfico para unos cuantos "padrinos" políticos que no habitan en la comuna y a veces ni en la ciudad.

Entonces no a la APATÍA, no a la CARENCIA de mentalidad urbana, no a la INDIVIDUALIDAD y EGOISMO. Situación que pervierte la democracia participativa comunitaria, pues sólo el quórum deliberatorio de una Asamblea de Afiliados conformados por 30 personas del barrio El Sena (20% de 145 registrados como afiliados), están actualmente en capacidad de decidir sobre nuestros intereses comunales, a veces alejados del bien común y en beneficio de corruptos, y que no representan a más de 5.000 residentes con cédula,

Decídanse a intervenir en la gestión pública del barrio, a controlar dicha gestión de los próximos dignatarios a elegir dentro de CINCO (5) meses, seleccionando adecuadamente entre los residentes, los más competentes, independientes, hábiles, con altos valores morales y relaciones personales, y no esperar a que se los señalen a dedo con la participación de políticos ignorantes de nuestro diario vivir.

EXIJAN LA AFILIACIÓN. NO ESPERE QUE LOS CONVOQUEN.
RECUERDEN QUE LA JAC ES UNA ORGANIZACIÓN CIVICA NO PUBLICA

 

 

 

Autor:

Adolfo León Camacho Caicedo

Versión 1 Julio 2015.

Delegado JAC Barrio El Sena (período 2012 a 2016)

Partes: 1, 2
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